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El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que objetó la deducción de gastos por servicios intragrupo (tecnológicos, centrales y de dirección estratégica) pagados a empresas relacionadas no domiciliadas. El Tribunal determinó que el contribuyente no logró demostrar la necesidad e indispensabilidad de dichos servicios para generar renta, evidenciando que eran duplicados de funciones internas o de otros contratos, o que beneficiaban principalmente a la casa matriz.
Lección: Para deducir gastos por servicios intragrupo, no es suficiente demostrar que el servicio se prestó. Es crucial mantener documentación detallada que pruebe de manera fehaciente que el servicio fue estrictamente necesario para la generación de renta local, que no duplica capacidades internas existentes y que el beneficio es para la filial y no una actividad de control de la casa matriz.
El contribuyente apeló una multa de $2,268.00 impuesta por la DGII por no presentar el informe de socios (F-915) del año 2021. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso porque el escrito inicial carecía de la acreditación de la personería del representante legal y de los fundamentos del reclamo, y el contribuyente no subsanó correctamente estas deficiencias tras ser prevenido.
Lección: Al interponer un recurso de apelación, es crucial cumplir con todos los requisitos formales desde el inicio, especialmente acreditar la representación legal con documentación completa y vigente, y exponer claramente los argumentos de hecho y derecho. No subsanar correctamente las prevenciones del Tribunal resultará en la inadmisibilidad del recurso, perdiendo la oportunidad de que el caso sea analizado en su fondo.
Una empresa constructora fue fiscalizada por IVA del año 2015, resultando en la determinación de impuesto y multas por parte de la DGII. Las principales objeciones fueron la falta de bancarización de operaciones, la no comprobación de la materialidad de las compras y deficiencias en el registro de inventarios. El TAIIA modificó la resolución, revocando parte de las objeciones al constatar que la DGII no valoró adecuadamente las pruebas presentadas por el contribuyente, pero confirmó los hallazgos donde la prueba fue insuficiente.
Lección: Para asegurar la deducibilidad de los créditos fiscales, es fundamental no solo cumplir con los requisitos formales (CCF, registros), sino también mantener un robusto soporte documental que demuestre la materialidad de cada operación (contratos, reportes de servicio, controles de entrega) y utilizar medios de pago bancarios para transacciones significativas. La falta de valoración de pruebas por parte de la autoridad fiscalizadora es un vicio que puede anular sus determinaciones, por lo que el contribuyente debe presentar toda la evidencia disponible en las etapas procesales oportunas.
Una sociedad fue multada por la DGII con $1,080.00 por no presentar el informe de accionistas (F-915). La sociedad apeló ante el TAIIA, pero en lugar de impugnar la multa, solicitó un plan de pagos. El Tribunal declaró el recurso improponible por falta de competencia, ya que no puede otorgar facilidades de pago, y redirigió la solicitud a la Dirección General de Tesorería, que es la entidad competente para ello.
Lección: Es fundamental dirigir las peticiones a la autoridad administrativa correcta. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revisa la legalidad de multas e impuestos, pero no gestiona su cobro. Para solicitar planes de pago o facilidades para cumplir con obligaciones tributarias, los contribuyentes deben dirigirse a la Dirección General de Tesorería.
El contribuyente apeló la resolución de la DGII que objetó costos y gastos del Impuesto sobre la Renta por falta de documentación idónea y por no ser indispensables para la actividad económica. El Tribunal modificó parcialmente la resolución, aceptando algunas deducciones donde el contribuyente logró probar la operación con registros contables y facturas, pero mantuvo la mayoría de las objeciones por no cumplir con los requisitos legales de respaldo documental y necesidad del gasto.
Lección: Es crucial para todo contribuyente asegurarse de que cada costo y gasto deducible esté respaldado por el documento legal idóneo (Factura o Comprobante de Crédito Fiscal) emitido a su nombre y que cumpla con todos los requisitos formales. La simple existencia de un registro contable o un comprobante de pago bancario es insuficiente para validar una deducción fiscal.