Buscar Sentencias
El Tribunal de Apelaciones confirma la imposición de múltiples multas por más de $400,000 a un contribuyente por diversos incumplimientos de obligaciones formales, como no llevar control de inventarios, presentar declaraciones tardías y emitir facturas con errores. El Tribunal valida la facultad de la DGII para imponer estas sanciones de forma aislada durante una fiscalización en curso y rechaza los argumentos del contribuyente sobre violaciones a los principios de congruencia, legalidad y proporcionalidad, especialmente en la aplicación de multas calculadas como un porcentaje del valor de las operaciones.
Lección: El cumplimiento estricto de todas las obligaciones formales es fundamental, ya que la Administración Tributaria puede imponer multas aisladas y acumulativas por cada infracción durante una auditoría. Sanciones como la del 30% sobre el valor de la operación por errores en facturas (Art. 239 lit. b CT) pueden resultar en montos extremadamente elevados, y los tribunales las confirman al considerarlas una potestad reglada por ley, sin margen para la discrecionalidad o reducción.
La Administración Tributaria (DGII) impuso una multa de $600.00 a una sociedad por no emitir una factura durante una verificación de fedatario. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó la sanción al comprobar, con pruebas presentadas por el contribuyente (constancia de cierre de la alcaldía), que la empresa había cesado operaciones en esa dirección dos años antes de la verificación. El Tribunal determinó que la DGII violó el principio de culpabilidad al no individualizar correctamente al infractor real.
Lección: Es fundamental comunicar formalmente y dentro del plazo legal el cese definitivo de actividades a la Administración Tributaria. No hacerlo puede llevar a que se le atribuyan incorrectamente infracciones cometidas por terceros en la antigua dirección del negocio, generando procesos sancionatorios innecesarios.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sancionó con una multa de $600 a una contribuyente por no emitir una factura durante una verificación de fedatario. El esposo de la contribuyente apeló, demostrando que ella había fallecido más de un año antes de la verificación y que él había adquirido el inventario. El Tribunal de Apelaciones revocó la multa, determinando que la resolución de la DGII carecía de la debida motivación al no haber valorado las pruebas presentadas, como el acta de defunción, y no justificar por qué la obligación subsistía para una persona fallecida.
Lección: Tras el fallecimiento de un contribuyente, es imperativo que los herederos o sucesores realicen con prontitud los trámites legales y fiscales correspondientes, como la declaratoria de herederos y la actualización o cierre del negocio en el Registro de Contribuyentes. Dejar de hacerlo puede resultar en que la Administración Tributaria continúe atribuyendo obligaciones y sanciones al contribuyente fallecido, generando disputas legales que, aunque puedan ganarse, implican un costo de tiempo y recursos.
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objetó la deducción de gastos por reservas de saneamiento y castigo de activos extraordinarios a una caja de crédito. Se determina que el contribuyente, al no ser una entidad supervisada por la Superintendencia del Sistema Financiero, no cumple con los requisitos del artículo 31 N°3 de la Ley de Impuesto sobre la Renta para aplicar dichas deducciones especiales, y que las normas contables no pueden prevalecer sobre la ley tributaria.
Lección: Las deducciones fiscales especiales, como las reservas de saneamiento para entidades financieras, son de aplicación restrictiva y deben cumplirse todos los requisitos expresos en la ley tributaria. Confiar en normas contables, prácticas del sector o precedentes administrativos desactualizados sin verificar su correspondencia con la legislación fiscal vigente puede llevar a la objeción de gastos y la imposición de sanciones.
La Dirección General de Aduanas (DGA) determinó el pago de DAI e IVA y una multa a un Depósito para Perfeccionamiento Activo (DPA) por presentar tardíamente las declaraciones de devolución de traslados temporales. El TAIIA revocó la resolución, argumentando que el incumplimiento de ese plazo específico no genera la obligación de pagar impuestos según la ley, y que la multa era improcedente porque el contribuyente subsanó el error antes de la fiscalización. El Tribunal concluyó que la DGA realizó una interpretación extensiva de la norma, violando el principio de legalidad.
Lección: Es crucial cumplir con todos los plazos formales, incluso los intermedios como los de traslados temporales, para evitar contingencias. Sin embargo, si se comete un error formal, es fundamental subsanarlo voluntariamente antes de que la autoridad aduanera inicie una fiscalización, ya que esto puede eximir de la imposición de multas.