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C2306005M Confirmatoria Código Tributario 29 nov 2023

El Tribunal confirma una multa de $756.00 impuesta a una sociedad por no presentar el Formulario F-915 con el listado de sus accionistas del ejercicio 2021. El contribuyente argumentó erróneamente que solo estaba obligado a hacerlo si distribuía dividendos, pero el Tribunal aclaró que la ley exige presentar dicho listado anualmente, independientemente de si hubo o no reparto de utilidades.

Lección: Toda persona jurídica en El Salvador debe presentar anualmente, dentro del mes de enero, el Formulario F-915 informando el listado de sus socios o accionistas. Esta es una obligación formal independiente y obligatoria, sin importar si se distribuyeron o no dividendos en el ejercicio anterior.

$756
en disputa
17 arts. citados
R2304009TM Modificatoria Renta 29 nov 2023

El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII contra una empresa de telecomunicaciones. El Tribunal revoca la determinación de rentas no declaradas por intereses con una parte relacionada, al considerar que la DGII utilizó un procedimiento ilegal para ajustar el precio de mercado. También revoca la objeción al costo de venta de teléfonos vendidos por debajo de su costo, estableciendo que no es una pérdida de capital sino un costo necesario para el negocio. Mantiene los ajustes por ingresos no declarados que el contribuyente aceptó y recalcula la multa por evasión no intencional sobre esta base menor.

Lección: Para deducir costos de estrategias comerciales, como vender productos por debajo de su costo para impulsar la venta de servicios, es crucial demostrar la 'habitualidad' y 'necesidad' de dicha operación para la generación de la renta principal. Además, la Administración Tributaria debe seguir estrictamente los procedimientos legales para realizar ajustes de precios de transferencia, sin poder aplicar metodologías de otros supuestos legales de forma análoga.

$3,845,261
en disputa
41 arts. citados
001-1123 Inadmisible Otros 28 nov 2023

El contribuyente interpuso un recurso de apelación contra una resolución de la DGII que le determinó un impuesto sobre el IVA y le impuso multas por evasión y omisión de declaración. El Tribunal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso por haber sido presentado un día después de vencido el plazo legal de quince días, sin analizar los argumentos de fondo del contribuyente.

Lección: Es fundamental cumplir rigurosamente con los plazos procesales para la interposición de recursos. La presentación extemporánea, incluso por un solo día, resulta en la inadmisibilidad del recurso, dejando firme el acto administrativo impugnado y perdiendo la oportunidad de defensa sobre el fondo del asunto.

$63,423
en disputa
16 arts. citados
R2305011TM Confirmatoria Renta 24 nov 2023

El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de $272,086.51 y una multa de $68,021.63 a una empresa. La objeción se centró en la deducción improcedente de gastos de administración (remuneraciones, honorarios, depreciación de una aeronave) y gastos financieros, ya que el contribuyente no logró demostrar la existencia efectiva de las operaciones (materialización) ni su necesidad para la generación de renta, además de no presentar la prueba documental requerida en la etapa de fiscalización.

Lección: Para asegurar la deducibilidad de un gasto, no es suficiente contar con facturas y registros contables. Es crucial mantener un expediente de respaldo robusto que demuestre la efectiva prestación del servicio o el uso del bien para fines del negocio (materialización) y que pruebe que dicha erogación era indispensable para generar ingresos o conservar la fuente de renta. Toda esta evidencia debe ser presentada oportunamente ante la Administración Tributaria durante la fiscalización, ya que presentarla tardíamente en apelación puede resultar en su inadmisión.

$340,108
en disputa
29 arts. citados
R2305006T Confirmatoria Renta 23 nov 2023

El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que objetó la deducción de gastos por servicios intragrupo (tecnológicos, centrales y de dirección estratégica) pagados a empresas relacionadas no domiciliadas. El Tribunal determinó que el contribuyente no logró demostrar la necesidad e indispensabilidad de dichos servicios para generar renta, evidenciando que eran duplicados de funciones internas o de otros contratos, o que beneficiaban principalmente a la casa matriz.

Lección: Para deducir gastos por servicios intragrupo, no es suficiente demostrar que el servicio se prestó. Es crucial mantener documentación detallada que pruebe de manera fehaciente que el servicio fue estrictamente necesario para la generación de renta local, que no duplica capacidades internas existentes y que el beneficio es para la filial y no una actividad de control de la casa matriz.

$1,907,176
en disputa
34 arts. citados
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