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El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución de la DGII que rechazó deducciones de gastos de administración y financieros a una empresa. El rechazo se debió a la falta de documentación idónea: no se presentaron 'Comprobantes de Donación' para los gastos administrativos y, crucialmente, no se emitieron 'Facturas de Sujeto Excluido' para respaldar los intereses pagados a FONAVIPO, una entidad exenta. El Tribunal determinó que la exención del proveedor no exime al contribuyente de su obligación de documentar correctamente sus gastos para poder deducirlos.
Lección: Al realizar operaciones con entidades o personas exentas de impuestos (sujetos excluidos), es obligación del contribuyente que compra el bien o servicio emitir una 'Factura de Sujeto Excluido' para poder deducir legalmente ese costo o gasto para fines de Impuesto sobre la Renta. La exención del proveedor no elimina las obligaciones documentales del comprador.
El Tribunal de Apelaciones revoca una determinación de impuestos y multas de la DGII contra una empresa de cosméticos. Aunque el Tribunal confirma que la empresa realizó incorrectamente los ajustes por devoluciones de ventas, revoca la objeción principal de la DGII sobre la deducibilidad de costos y gastos de premios e incentivos, al considerar que sí estaban vinculados a la generación de renta. Esta revocación genera una pérdida fiscal para el contribuyente, eliminando el impuesto a pagar y la multa correspondiente.
Lección: Los costos de bienes promocionales (premios, incentivos) son deducibles si se puede documentar su necesidad para generar ingresos o conservar la fuente, como el aumento de ventas. Sin embargo, es crucial que todos los procedimientos formales, como los ajustes por devoluciones, se realicen estrictamente según lo dicta la ley (anulando y reemitiendo facturas), ya que el incumplimiento formal puede invalidar la operación a efectos fiscales, incluso si es económicamente real.
El TAIIA confirma la determinación de impuesto y multa contra un contribuyente por deducciones improcedentes. Las objeciones se centran en la falta de retención del 5% de ISR sobre fletes internacionales pagados a no domiciliados bajo Incoterm CIF, y en la falta de documentación de soporte para costos de productos donados y gastos por mermas, las cuales además carecían de certificación por un ente regulador.
Lección: Es crucial efectuar la retención del 5% de ISR sobre el valor del flete internacional pagado a no domiciliados, incluso si está incluido en el precio de la mercancía bajo Incoterms como CIF. Además, toda deducción por donaciones o pérdidas debe estar meticulosamente documentada y, en el caso de mermas, cumplir con todos los requisitos legales, incluyendo la acreditación por un organismo regulador si la ley así lo exige.
El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII contra una entidad bancaria, confirmando el rechazo de deducciones millonarias por intereses y servicios con relacionados debido a la falta de prueba sobre su necesidad para generar renta. Sin embargo, el Tribunal revoca el ajuste de la DGII a la reserva legal y corrige el método de cálculo de la proporcionalidad de gastos, lo que resulta en una reducción significativa del impuesto a pagar y de la multa por evasión, aunque confirma la sanción por presentar un informe de partes relacionadas incompleto.
Lección: Es crucial para los contribuyentes, especialmente en operaciones con partes relacionadas, documentar de manera exhaustiva y tangible no solo la existencia de un gasto (con facturas y contratos), sino su absoluta necesidad y su vínculo directo con la generación de renta gravable. La carga de la prueba recae enteramente en el contribuyente, y la falta de evidencia concreta más allá de los registros contables llevará al rechazo de la deducción.
El TAIIA analiza un recurso contra una resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de $53,256.19 y una multa de $13,314.05 a una contribuyente. Los ajustes se originaron por un incremento patrimonial no justificado basado en depósitos bancarios y por la objeción de costos y gastos. El Tribunal confirma el ajuste por incremento patrimonial al no lograr la contribuyente probar el origen y trazabilidad de los fondos, pero revoca la objeción a costos/gastos y la multa conexa por un vicio de procedimiento de la DGII, al no haber fundamentado la base de liquidación para dicho ajuste.
Lección: Es crucial mantener una contabilidad formal que incluya todas las cuentas bancarias y conservar documentación soporte (comprobantes de remesa, registros detallados) que permita demostrar la trazabilidad y el origen de cada depósito. La simple presentación de contratos de préstamo o venta no es suficiente para desvirtuar la presunción de incremento patrimonial no justificado que puede determinar la Administración Tributaria.